En clave fiscal
Novedades fiscales para autónomos en 2026 que quizá te han pasado desapercibidas

La fiscalidad de los autónomos continúa evolucionando hacia una gestión cada vez más digital y transparente. En 2026 han entrado en vigor nuevas obligaciones de información, se han prorrogado algunos regímenes fiscales y se han aprobado cambios que afectarán próximamente a la forma de emitir y recibir facturas.
No todas estas novedades implican pagar más impuestos. Algunas aumentan la información que recibe Hacienda, otras ofrecen nuevas deducciones y varias obligan a revisar los programas y procedimientos administrativos del negocio.
Estas son las principales novedades fiscales que debería conocer cualquier trabajador por cuenta propia:
Cobros por Bizum y tarjeta
Desde el 1 de enero de 2026, las entidades financieras y de pago deben informar mensualmente a la Agencia Tributaria sobre los cobros recibidos por empresarios y profesionales mediante tarjetas y sistemas asociados a números de teléfono, como Bizum.
Esto no significa que se haya creado un nuevo impuesto sobre Bizum. Los ingresos obtenidos por una actividad profesional ya debían declararse, independientemente de que se cobraran en efectivo, por transferencia, con tarjeta o mediante una aplicación móvil.
Lo que cambia es la frecuencia y el nivel de información que recibe Hacienda.
Como consecuencia, los autónomos deben asegurarse de que los cobros registrados en sus cuentas coinciden con las facturas emitidas y los ingresos declarados. También es recomendable separar, siempre que sea posible, las operaciones personales de las profesionales.
Veri*Factu se retrasa hasta 2027
La adaptación obligatoria de los programas de facturación a los nuevos requisitos se ha aplazado.
Los nuevos plazos son:
- El 1 de enero de 2027 para las entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades.
- El 1 de julio de 2027 para la mayoría de los autónomos y demás contribuyentes afectados.
Estos programas deberán garantizar que las facturas y sus registros no puedan modificarse o borrarse sin dejar constancia. También tendrán que asegurar su integridad, conservación y trazabilidad.
La normativa permite utilizar sistemas que envíen automáticamente los registros a la Agencia Tributaria, conocidos como Veri*Factu, o sistemas que los conserven sin remisión automática, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
Aunque la obligación no llegue hasta 2027, durante 2026 conviene preguntar al proveedor del programa si estará adaptado y qué modalidad ofrecerá o asegurar que la gestoría está al tanto de estos plazos. Además, las entidades financieras van a incorporar soluciones en los TPV’s para los comercios y a ofrecer el servicio a través de diferentes proveedores.
Esperar al último momento puede dificultar la migración de datos y la adaptación de los procesos internos.
La factura electrónica entre empresas avanza, pero todavía no es obligatoria para todos
Otra de las novedades de 2026 es la aprobación del reglamento de la factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales.
Esta obligación no debe confundirse con Veri*Factu:
- Veri*Factu regula el funcionamiento de los programas utilizados para generar facturas.
- La factura electrónica regula el formato y el procedimiento para enviar y recibir facturas entre empresas y profesionales.
La futura factura electrónica deberá utilizar un formato estructurado que pueda procesarse automáticamente. Por tanto, no bastará con enviar un archivo PDF por correo electrónico.
También permitirá comunicar determinados estados de la factura, como su aceptación, rechazo o pago.
Sin embargo, su implantación no será inmediata. El calendario comenzará cuando se publique la orden ministerial que desarrolle los aspectos técnicos del sistema. A partir de ese momento, la obligación se aplicará progresivamente según el volumen de facturación de cada negocio.
Los límites para tributar por módulos se mantienen en 2026
Los autónomos que tributan mediante el método de estimación objetiva pueden seguir aplicando durante 2026 los límites ampliados de ejercicios anteriores.
Con carácter general, se mantienen los siguientes umbrales:
- 250.000 euros de volumen anual de ingresos.
- 125.000 euros en operaciones facturadas a otros empresarios o profesionales.
- 250.000 euros en compras de bienes y servicios, sin contar las adquisiciones de inmovilizado.
También continúa la reducción general del 5 % sobre el rendimiento neto calculado mediante módulos.
No obstante, mantenerse en este régimen no siempre es la opción más ventajosa. Cuando disminuyen los ingresos, aumentan los gastos o cambia la estructura del negocio, puede ser recomendable comparar el resultado con el método de estimación directa.
Continúan las deducciones por movilidad eléctrica
Durante 2026 se mantienen las deducciones en el IRPF por la compra de determinados vehículos eléctricos nuevos y por la instalación de puntos de recarga.
La deducción puede alcanzar el 15% de las cantidades satisfechas, dentro de los límites establecidos para cada tipo de inversión.
En el caso de los vehículos, es importante recordar que esta deducción está pensada para adquisiciones de uso particular. No puede aplicarse cuando el vehículo se encuentra afecto a una actividad económica.
Antes de comprarlo, el autónomo debe decidir cuál será su uso real y analizar qué tratamiento fiscal resulta más conveniente.
Nueva deducción por instalaciones de autoconsumo renovable
En 2026 también se incorpora una deducción estatal en el IRPF para determinadas instalaciones de autoconsumo eléctrico procedente de fuentes renovables.
Según el tipo de inmueble y de instalación, la deducción puede ser del 10% o del 20%, con una base máxima anual de 5.000€.
Para aplicarla, es necesario que las cantidades se paguen y que la instalación finalice durante 2026. Además, las ayudas o subvenciones recibidas deben descontarse de la base de la deducción.
Como en cualquier inversión con efectos fiscales, deben conservarse las facturas, los justificantes de pago y la documentación técnica correspondiente.
No todos los gastos de un autónomo se desgravan de la misma forma
Una de las confusiones más frecuentes consiste en llamar «desgravación» a cualquier ventaja fiscal.
Sin embargo, existen diferencias importantes:
- Un gasto deducible reduce el rendimiento de la actividad.
- Una reducción disminuye la base imponible sobre la que se calcula el impuesto.
- Una deducción se resta de la cuota del IRPF.
Por ejemplo, determinados gastos profesionales reducen el rendimiento del negocio, las aportaciones a planes de pensiones pueden reducir la base imponible y algunas inversiones energéticas generan deducciones en la cuota.
Conocer esta diferencia permite calcular de forma más realista el ahorro fiscal de cada decisión.
Qué debería revisar un autónomo en 2026
Ante estos cambios, conviene prestar especial atención a cuatro aspectos:
- Comprobar que todos los cobros profesionales están facturados y registrados.
- Revisar si el programa de facturación estará preparado para 2027.
- No confundir Veri*Factu con la futura factura electrónica entre empresas.
- Analizar cualquier inversión antes de decidir su tratamiento fiscal.
La anticipación es una parte fundamental de la planificación fiscal. Una gestión ordenada de facturas, cobros y justificantes no solo facilita el cumplimiento de las obligaciones, sino que también permite aprovechar mejor las deducciones disponibles y tomar decisiones más adecuadas para el negocio.
Información actualizada en junio de 2026. La aplicación de estas medidas puede variar en función de la actividad y de las circunstancias de cada contribuyente.















